Foto: Selección Española RFEA Cpto. Mundo IAAF en Portugal 2016/ Copy: Ramón Ferrer

Segunda de tres entregas, donde nuestro amigo Fernando Borrajo (atleta, organizador y jurista) nos desglosa con grandísima rigurosidad este turbulento tema.

Tras la publicación de la 1ª de las entregas hace unos días, seguimos con la 2ª parte del Conflicto entre FEDME y RFEA por hacerse con el mando de las carreras por/de montaña. Esta vez nuestro amigo Fernando Borrajo trata integramente este delicado tema:

Acuerdo del Consejo Superior de Deportes el 26/09/2018. Antecedentes Modificación Estatutos RFEA incluyendo el Trail Running. Consecuencias

Para un mejor entendimiento de la repercusión en las carreras de montaña del acuerdo del Consejo Superior de Deportes (CSD), por el que se incluye el Trail Running como especialidad atlética de la RFEA, se precisa conocer los antecedentes que dan lugar al mismo y que, de forma resumida, podrían citarse a continuación:

-El 16 de junio de 2002 tiene lugar el primer Campeonato de España de CxM FEDME en el IV Maratón Alpino Madrileño, resultando ganadores del mismo Esteve Canal Ferrés en hombres y Teresa Forn Munne en mujeres.

-Dos años después, el 6 de junio de 2004, tiene lugar el primer Campeonato de España de Carreras de Montaña RFEA, en Collado Villalba, sobre una distancia de 11,85 km para hombres, resultando ganador Vicente Capitán y María Isabel Martínez en mujeres, sobre una distancia de 9,35 km.

Ambos campeonatos de Carreras por Montaña (CxM) y Carreras de Montaña (CdM), se han venido celebrando anualmente hasta la fecha y, aunque pudiera parecer que estuviesen duplicados, no ha sido así, ya que las distancias y desniveles de uno y otro se han mantenido en el tiempo, generando corredores con cualidades diferentes para según el tipo de campeonato. Así por ejemplo, Raúl García Castan ha ganado 5 campeonatos de CxM (2006 a 2010) y Enrique Meneses Lobo ha ganado nueve campeonatos de CdM (2006, 2012 a 2019), el último, el pasado 5 de mayo de este año, en Todolella (Castellón), donde se celebró la XV edición del Campeonato de España de CdM, sobre una distancia de 13,8 km.

-El 16 de noviembre de 2005, ante la existencia de “carreras de montaña” en las dos Federaciones, el CSD adopta el primer acuerdo al respecto, tras la reunión mantenida entre representantes de ambas federaciones, resolviendo que:

a) La Real Federación Española de Atletismo utilizará la nomenclatura: carreras de montaña de la RFEA
b) La Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada utilizará la nomenclatura: carreras por montaña de la FEDME.
c) A partir de esa fecha se utilizó dicha terminología, se adaptó la reglamentación en vigor, convocatorias, resultados, páginas web, etc.
Aunque no se llegó a un acuerdo expreso más diferenciador de las mismas, sí, al menos, se consiguió uno tácito para distinguir unas y otras, así: Las CxM tendrían una distancia mínima, excepto carreras verticales, de 21 km y un desnivel mínimo en subida de 1000 metros y las CdM una distancia máxima aproximada de 12km y un desnivel máximo en subida 1200 metros.

-En julio de 2008 se constituye, en Canezei (Italia), la Federación Internacional de Skyrunning (ISF) absorbiendo la estructura de la Federación para el Deporte en Altitud (FSA), fundada en 1995, siendo, a partir de esa fecha, la responsable de organizar los Campeonatos de Europa y del Mundo de Skyrunning. España pasa a formar parte de la misma a través de la FEDME.

Azara García de los Salmones coronándose Campeona de Europa de Skyrunning en Zegama Aizkorri 2015 / Copy: Félix Sánchez

-El 25 de julio 2010 se celebra el I Campeonato del Mundo de CxM de la ISF en Premana (Italia), de 31 km y 2.400m de desnivel, que fue ganado por Kilian Jornet.

En los campeonatos de Skyrunning, a diferencia de los de la IAAF en los que sólo hay una carrera, se disputan tres modalidades: Kilómetro vertical, maratón y ultra, y, por tanto, se proclaman tres campeones del mundo diferentes, y uno más, que resulta del combinado de ambas pruebas.

Hasta la fecha se han realizado:

-Cuatro Campeonatos de Europa, en los años impares: 2011 en Suiza, 2013 en Italia, 2015 en España, en Zegama-Aizkorri, donde la cántabra Azara García se proclamó campeona de Europa en maratón y 2017 en Francia.

-Cuatro del Mundo, en los años pares: 2012 en España en la Ribagorza Románica, 2014 en Chamonix (Francia), en 2016 en el Vall de Boí (España), con la Epic Trail Aiguestortes (Lleida), donde brillaron tres españoles, proclamándose campeones, en la modalidad de ultra Luis Alberto Hernando, en la de maratón Maite Maiora y en la de Kilómetro Vertical Laura Orgué, y 2018 en Escocia (Reino Unido). En 2014 la RFEA echa a andar la I Copa de España de Carreras de Montaña JOMA-RFEA, aprobando para ello un escueto reglamento mediante la circular nº 124/2014 con seis carreras de entre 13 y 22 km, con escaso seguimiento de corredores y sin que se llegasen a celebrar todas ellas. Esta Copa tuvo una vida efímera porque tan solo se celebró una edición más en 2015, con solo cinco pruebas disputadas y con menos corredores que la disputasen que la edición anterior.

El 17 de mayo de 2015 se celebra el I Campeonato de España de Trail Running RFEA, en Benia de Onís (Asturias), sobre una distancia de 33 km y 2500 metros de desnivel en ascenso tanto para hombres como para mujeres, resultando ganadores del mismo el cántabro Javier Crespo y la asturiana Eva María Braña.

Con el establecimiento de este campeonato comienza la duplicidad de campeonatos de España (Trail y CxM), de un mismo tipo de carrera, entre la FEDME y la RFEA que se vienen sucediendo hasta la actualidad, generando con ello gran confusión entre corredores, organizadores y seguidores de este deporte.

La Federación Internacional de Asociaciones Atléticas (IAAF) de la que es miembro la RFEA, reconoce al Trail Running como nueva especialidad atlética de la misma, en su congreso celebrado en Pekín el 19 de agosto de 2015, incluyendo un nuevo artículo en su Reglamento de competiciones, en concreto el 252-1 a) que define las carreras de Trail del siguiente modo:

“Son carreras que tienen lugar en una amplia variedad de terrenos (incluyendo caminos de tierra, caminos forestales y senderos de vía única) en un entorno natural en campo abierto (tales como montañas, desiertos, bosques o llanuras) principalmente fuera de la carretera» y en cuyo recorrido puede haber «secciones de superficie pavimentada o de cemento pero deben ser las mínimas posibles para el recorrido deseado y no exceder del 20% del total de la distancia de la carrera. No habrá límite en la distancia o la pérdida o ganancia de altitud”.

A partir de este reconocimiento, las Federaciones miembro de la IAAF adquieren la obligación de regular la disciplina del Trail Running en sus respectivos territorios.El 30 de mayo de 2015 se celebra el I Campeonato del Mundo de Ultra Trail auspiciado por al IAAF en Annecy (Francia), sobre 85 km y 5200+ donde Luis Alberto Hernando fue 2º y Maite Maiora 3ª.

Posteriormente se han ido celebrando anualmente, con distancias entre los 50 y los 85 km, en 2016 Peneda do Geres (Portugal), en 2017 Badia Prataglia (Italia) y en 2018 Penyagolosa Trail, siendo campeón del mundo en las tres, el burgalés Luis Alberto Hernando, resultando todos ellos “más correderos” que los organizados por la ISF, que se caracterizan por ser “más técnicos”.

De los antecedentes expuestos se aprecia como, desde 2015, la RFEA altera el statu quo al que habían llegado ambas Federaciones, el 16 de noviembre de 2005, ante el CSD, pasando a organizar Campeonatos de Trail que estarían dentro de la competencia de la FEDME. La ofensiva de la RFEA continuó incluyendo en sus Estatutos el “trail running” como una especialidad más del atletismo, a la vez que solicitaba del CSD la aprobación de citada inclusión. El 25 de julio de 2018, un día antes de que el CSD aprobará la modificación de dichos Estatutos, tiene entrada en ese Organismo un escrito de la FEDME por el que solicita no se apruebe la modificación de los Estatutos RFEA, en lo referido a la inclusión de la especialidad deportiva de “trail running”, por considerar que es una actividad coincidente con la disciplina de “CxM” atribuida a la FEDME según disponen sus Estatutos, que fueron aprobados por la CSD.

El CSD no invierte tiempo en resolver la disputa que se venía arrastrando entre Federaciones, ni tampoco abunda en argumentos jurídicos para decantarse por la RFEA. Así, al día siguiente, el 26 de julio, aprueba la modificación de los Estatutos de la RFEA y desestima la petición FEDME en base a la definición de CxM que figura en el artículo 2,3 del Reglamento de competiciones de la ISF (no de los Estatutos, como por error cita el CSD en el acuerdo), a la que está afiliada la FEDME, que dice las “carreras por montaña se caracterizan por realizarse por encima de los 2.000 metros de altitud, donde la inclinación mínima media sea superior al 6%, incluyendo partes con un 30% de inclinación. La dificultad de la escalada no puede exceder del grado II”. Entendiendo que pese a la similitud con el trail running, el cual se define en el artículo 252,1 a) del Reglamento de la IAAF, al que se ha hecho referencia anteriormente, no hay “identidad ni coincidencia” entre ambas.

Podio pasado Cpto. España CdM en Todolella. Enrique Meneses Lobo vencedor con 9 Campeon España de CdM / Copy: RFEA

Este acuerdo genera un terremoto de gran magnitud entre federaciones territoriales, organizadores, corredores e instituciones varias en Comunidades Autónomas competentes en autorizar las competiciones de montaña, ante la falta de una definición “más concreta y precisa” de una y otra especialidad deportiva, dando lugar a ríos de tinta en los medios especializados. Así comienzan a surgir fricciones entre las Federaciones de atletismo y montaña de diversas Comunidades Autónomas como Baleares, Galicia,…por dilucidar quién es la competente en autorizar las CxM.

De inicio, la FEDME no se mostró de acuerdo con dicha resolución y decidió, por acuerdo unánime de la Asamblea Extraordinaria, de 15 de diciembre, impugnar ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso administrativo de Madrid tanto la resolución del CSD, como la modificación de los Estatutos RFEA por lo que se incluye el “trail running” como especialidad deportiva de esta Federación. Con anterioridad habían impugnado lo mismo las federaciones territoriales de Murcia, Asturias, Cantabria, Madrid, Baleares y Castilla-La Mancha.

En Cantabria, el primer encontronazo surge como consecuencia de la inclusión en el calendario de la Federación Cántabra de Atletismo (FCA) del VIII Trail de Montaña de Sámano, a celebrar el 7 de octubre de 2018. La Federación Cántabra de Montaña (FCDME) alega contra dicha inclusión y la Dirección General de Deportes emite Resolución el 20 de septiembre, desestimando la petición de la FCDME en base al acuerdo del CSD del 26 de julio pasado, que considera de la Federación de Atletismo todas las carreras por debajo de 2.000 metros altura, señalando que en Cantabria las únicas montañas que alcanzan los 2.000 de altura “son Peña Labra, Pico Tres Mares y Peña Prieta”. La FCDME vuelve a recurrir en alzada ante la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de Cantabria la autorización de citado Trail por la FCA, advirtiendo que la disciplina de las CxM son la FCDME, que termina emitiendo una Resolución, el 31 de octubre, inadmitiendo el recurso de alzada por defecto de forma, al no aportar la autorización de la FCA que recurre.

El 4 de octubre se publica en el BOE la modificación de los Estatutos de la RFEA aprobados por el CSD, consistiendo la misma en la inclusión de una nueva letra en el artículo 1 de los Estatutos, conforme al siguiente tenor literal:
“Las especialidades de atletismo desarrolladas por la RFEA son las siguientes:
a) Pista.
b) Carreras en carretera o ruta.
c) Marcha atlética.
d) Carreras de campo a través.
e) Carreras de trail-running: carreras a pie en cualquier entorno o superficie, carreras de montaña, caminos, bosques, desierto, playas, asfalto si no supera el 20% del recorrido y otras superficies”.

Como era de esperar, la Asamblea General de la ISF, reunida el 12 de octubre de 2018, en Limone-Lago di Garda (Italia), acuerda modificar sus estatutos y reglamento de competiciones dando una definición más precisa de lo que ha de entenderse por skyrunning o CxM. Así, introduce en el Preámbulo de sus estatutos las siguiente modificación: Skyrunning se define como correr en las montañas por encima de los 2.000 metros de altitud, donde la dificultad para escalar no supera el grado II y la inclinación es superior al 30%. En los lugares donde la altitud no alcanza los 2000m los cursos deben tener un promedio mínimo de inclinación del 6% sobre la distancia total y alcanzar los puntos más altos del área. Y en el reglamento de competiciones, en el artículo 2.3 en el que se apoyó el CSD para dilucidar la controversia, ésta otra: “Skyrunning: la disciplina de montaña que se extiende hasta o que supera los 2000 m, donde la inclinación promedio mínima es del 6% sobre la distancia total y debe incluir secciones del 30%. La dificultad para escalar no debe exceder el grado II”, añadiendo en el artículo 2.3.1 “Donde la altitud no alcanza los 2.000 m, los cursos deben tener un promedio mínimo de 6% de inclinación sobre la distancia total (12% cuesta arriba) y alcanzar los puntos más altos del área”.

Miembros de la Asamblea General Anual de la ISF. el 1.10.2018 / Copy: ISF

Esta nueva definición de CxM, de la que hasta la fecha, pocos se han dado cuenta, viene a hacer añicos el fundamento en el que se había apoyado el CSD, en el mes de julio pasado, para diferenciar una y otra disciplina, lo que aventura nuevos capítulos en el conflicto entre las Federaciones implicadas.

Como ya comentaba anteriormente, el conflicto en Cantabria se fue haciendo más intenso a medida que iban pasando los meses, lo que llevó al Servicio de Juegos y Espectáculos del Gobierno de Cantabria a publicar una nota informativa en su web, por la que se comunicaba a los organizadores de Trail Running (CxM que discurran por debajo de los 2.000m) que, para la autorización de estas pruebas en 2019, deberían presentar, junto con la solicitud, autorización federativa de atletismo. Esto es, hacían suyo el argumento del CSD, a pesar de que el mismo no figura ni en los Estatutos de la RFEA ni en el de la FEDME publicados en el BOE, sino en un reglamento de competiciones de la ISF, redactado en inglés, firmado en Italia y modificado en octubre pasado y cuya federación tiene la sede en Suiza.

El punto culminante de este conflicto se vivió en el pasado mes de marzo, cuando los organizadores de “La Gurriana Trail” prevista para el día 17 de marzo, se vieron obligados a anunciar la suspensión de citada carrera, cinco días antes, mediante un comunicado, al no disponer de la autorización de la Comunidad Autónoma para celebrar la misma. La Gurriana es un trail que transcurre por varios municipios, celebrándose desde hacía cuatro años, en el pueblo de Carrejo, aumentando en cada edición la valía y prestigio de la misma. En el 2019 aparecía por primera vez en el calendario de la FEDME como 2ª prueba de la Copa de España de CxM, habiendo agotado los dorsales disponibles para la misma desde meses antes, debido a su gran aceptación por los corredores. Sus organizadores, desde finales de diciembre pasado, hicieron valer ante el Servicio de Juegos y Espectáculos del Gobierno de Cantabria estos argumentos para conseguir su autorización; al no lograrla, modificaron, en los últimos días, el recorrido de la prueba, circunscribiéndolo al municipio de Cabezón de la Sal, a fin de obtener la autorización del Ayuntamiento, como autoridad competente para ello, que finalmente tampoco consiguieron. La polémica que dicha suspensión generó fue mayúscula, tanto a nivel regional como nacional, lo que condujo a la Consejería de Presidencia y Justicia de Cantabria a emitir un comunicado el 15 de marzo, en el que explicaba el porqué de la negativa a autorizar la Gurriana Trail.

En el balance de dicha suspensión parecen pesar más los perjuicios ocasionados (por pérdidas económicas de organizadores, corredores y hostelería del municipio, reducción de las pruebas de la Copa de España, descrédito de la FEDME, desaparición a futuro de la carrera, etc.) que el beneficio dejado de percibir (cumplimiento de una normativa discutida), perjuicios que podrían haberse evitado de haberse buscado, entre las estamentos implicados, alguna moratoria temporal hasta que se resuelva, en el ámbito estatal, el contencioso abierto entre las dos federaciones.

Imagen de participantes de la Gurriana trail en acción / Copy: Eugenio Caso

Finalmente, otra consecuencia directa del conflicto del trail en Cantabria, a medida que transcurre el año, está siendo el incremento en el calendario de competiciones de la FCA, de nuevas carreras de trail, que antes estaban en la Federación de Montaña. Siendo el último ejemplo de ello el IV “Trail Caballucos del Diablo”, previsto para el 22 de junio próximo, que ha pasado de estar en el calendario de la FCDME como 3ª prueba puntuable de la Copa Cantabria de CxM y Campeonato de Cantabria de Clubes, a estar en el calendario de la FCA como un trail más.